En un fallo que marca un hito en la protección de la niñez en la era digital, la jueza María Josefina Regalindo, del Centro Judicial de Monteros (Tucumán), resolvió a favor de una medida cautelar que prohíbe a una madre publicar imágenes de su hijo menor en redes sociales y canales de streaming durante 90 días. Esta decisión, que surge a partir del pedido de un padre, busca salvaguardar la identidad y la intimidad del niño, especialmente en un contexto donde las imágenes eran utilizadas para la promoción comercial de un emprendimiento familiar.
La jueza Regalindo explicó en diálogo con el programa La Última Rosca que se emite por Radio Up que el caso se originó por el desacuerdo del padre respecto a la viralización de la imagen de su hijo de parte de la madre de éste, especialmente porque esta se vinculaba a cuestiones empresariales y comerciales. La verosimilitud de los hechos y las pruebas presentadas llevaron a la magistrada a hacer lugar a la cautelar por un período de 90 días, con la posibilidad de ser prorrogable. “Esta cautelar tiene estricta relación con que figuraba un menor de edad y además involucrado en cuestiones empresariales o comerciales que tienen alguna otra connotación”, afirmó la jueza.
Este caso subraya el delicado equilibrio entre el ejercicio de la responsabilidad parental y los derechos personalísimos de los niños. La jueza enfatizó que los niños no son objetos, sino sujetos de derecho, y como tales, tienen derecho a la protección de su imagen y su privacidad, tanto en el mundo online como offline. “Toda esa divulgación de estas imágenes y de estos canales de streaming, este papá no estaba de acuerdo en esas condiciones en las que se estaba promocionando, y de allí el pedido judicial”, explicó Regalindo, destacando la importancia de la acción legal del padre para resguardar el bienestar de su hijo.

La delgada línea entre compartir en redes sociales y vulnerar derechos de NNyA
Al ser consultada sobre la diferencia con casos de hijos de figuras públicas con fuerte presencia mediática, como Mirko (hijo de Marley), la jueza señaló que, si bien la ley permite la difusión con el consentimiento de ambos padres, se corren riesgos significativos. La clave reside en el acuerdo parental y la concientización sobre los peligros de la exposición digital de los menores. “Cuando hay un solo padre, bueno, es él quien decide. En este caso no había acuerdo. Es como cuando tenemos que tomar decisiones respecto a la educación o respecto de la salud. Los padres deben ponerse de acuerdo”, remarcó. En ausencia de dicho acuerdo, interviene la justicia para proteger al menor.
El fallo de Monteros sienta un precedente importante a nivel nacional, sumándose a una creciente línea de discusiones jurídicas sobre la exposición de menores en redes sociales. La jueza Regalindo mencionó la existencia de antecedentes internacionales donde personas adultas demandaron a sus padres por daños y perjuicios debido a la publicación de imágenes que les causaron humillación o vergüenza en el pasado. Esto refleja la urgencia de adaptar el marco legal a las realidades de la tecnología y las comunicaciones, que avanzan a un ritmo vertiginoso.
La discusión también abarca el rol de las plataformas. La jueza considera que las plataformas digitales deberían regular este tipo de publicaciones, conocidas como “sharenting”, y que los adultos necesitan mayor conocimiento sobre los riesgos asociados. “Las regulaciones son incipientes, pero entiendo que sí, estoy a favor de que debe haber alguna regulación cuando de niños se trata”, afirmó. La falta de conciencia sobre la huella digital y los posibles ciberdelitos a los que se exponen los niños es un factor alarmante.
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Proteger a NNyA en entornos digitales
Respecto a cómo hacer cumplir estas medidas en un contexto donde los padres pueden ser “influencers” y exponer la vida de sus hijos en detalle en redes sociales, la jueza enfatizó la necesidad de educación en la ley y en los derechos personalísimos de los niños, niñas y adolescentes. Si bien la justicia no actúa de oficio, los padres son responsables de la exposición de sus hijos y pueden ser objeto de denuncias futuras. “Ojalá todos los padres tuviesen la conciencia de que esta, lo que parece inocente, podría generar un riesgo o podría afectar emocionalmente a los hijos en un futuro”, reflexionó Regalindo.
La magistrada destacó que en estos procesos siempre se garantiza la participación del menor, según su edad y capacidades evolutivas. Si bien el niño puede elegir no participar, el Ministerio Público (o la defensoría de niñez) actúa como garante de sus derechos, asegurando que se cumplan todas las protecciones legales. En muchos casos, los niños son quienes piden participar activamente, ejerciendo sus derechos con el apoyo de abogados del niño o defensorías. Este caso de Tucumán es un llamado de atención sobre la urgencia de proteger la infancia en el entorno digital y la necesidad de una mayor conciencia sobre las implicaciones de la exposición de los menores en redes sociales.
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