El Tribunal Electoral de la Provincia de Misiones resolvió que los agentes pertenecientes a las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales que se desempeñen en la jornada electoral, no podrán emitir su voto en las elecciones del próximo 8 de junio, en cumplimiento con lo establecido por la Constitución provincial.
La medida se basa en el Artículo 48, inciso 10 de la Carta Magna misionera, que establece que “no podrán votar los soldados pertenecientes a las fuerzas armadas ni los agentes de las de seguridad nacionales y provinciales”.
En este marco, la Dra. Valeria Soczyuk, apoderada de La Libertad Avanza, contó a Radio UP que presentaron un recurso de revocatoria dicha resolución. Explicó que, en el mismo, se refirieron a un fallo del 2006 en el que “el Superior Tribunal Justicia de Misiones declaró inconstitucional el mencionado artículo de la Constitución Provincial”, sobre la que el gobierno provincial se basa para la resolución publicada.
“Hasta las últimas elecciones los efectivos de las fuerzas de seguridad votaron sin ningún problema. A lo sumo, pudieron haber estado eximidos de la obligatoriedad del voto si cumplieron servicio ese día”, explicó Soczyuk.
También, mencionó que, en otras provincias,”se autoriza el agregado en el padrón para que ese personal pueda ejercer su derecho a sufragio”. Por otro lado, la profesional cuestionó que, si hace 19 años el artículo fue declarado nulo, por qué en esta ocasión se hace caso omiso sobre este hecho. “Llama la atención la especulación que tienen sobre el electorado, piensan que los ciudadanos son tontos”, puntualizó.
La abogada laboralista apuntó que incluso las personas privadas de su libertad tienen derecho a votar. “Se usa al ciudadano desde el aparato político oficial, dependiendo de una estrategia y estadística particular”, consideró.
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Sobre cómo avanzará el asunto, Soczyuk, sostuvo que actuaron en tiempo y forma para interponer la resolución y, en caso de que el Tribunal Electoral se declare incompetente para resolver, el Superior Tribunal de Justicia deberá tomar cartas en el asunto y, en ultima instancia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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