A través de la Resolución Nº 406 firmada el 29 de octubre de 2025, el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones dispuso la veda total de pesca en todas las aguas jurisdiccionales de la provincia. La medida alcanza a las modalidades deportiva y comercial, e incluye el Paisaje Protegido Lago Urugua-í, con el fin de preservar las especies ícticas nativas durante su época de reproducción.
La veda rige:
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Del 3 de noviembre al 20 de diciembre de 2025, para los ríos Paraná e Iguazú y todos sus afluentes.
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Del 3 de noviembre de 2025 al 31 de enero de 2026, para el río Uruguay y sus afluentes.
La disposición se enmarca en lo establecido por la Ley de Pesca XVI – Nº 8 (antes Decreto Ley Nº 1040/78), que faculta a la autoridad de aplicación a fijar los períodos de veda.

Fundamentos técnicos y ambientales de Misiones
El área técnica del Ministerio señaló que la veda constituye una herramienta de manejo precautorio para regular la presión sobre la fauna íctica y asegurar la conservación de las especies durante su ciclo reproductivo.
La resolución destaca que los peces autóctonos presentan una marcada estacionalidad reproductiva, influenciada por factores como el régimen hidrológico, la temperatura y el fotoperíodo, con picos de desove en primavera y verano.
Asimismo, se tuvo en cuenta la Instrucción Normativa Nº 193 del Instituto Brasileño de Medio Ambiente, vigente para el río Uruguay, a fin de armonizar las políticas binacionales de conservación.

Pesca de subsistencia y restricciones
Durante el período de veda, se autoriza exclusivamente la pesca de subsistencia, definida como aquella practicada desde la costa con línea de mano y destinada al consumo personal y familiar de quienes poseen permisos vigentes. Queda terminantemente prohibida la comercialización del producto obtenido.
También se establece que no se otorgarán permisos para concursos de pesca mientras dure la restricción. Los pescadores y acopiadores inscriptos deberán presentar una declaración jurada sobre las existencias de peces capturados en tiempo y forma, hasta el 4 de noviembre de 2025, la cual será constatada por el personal del Ministerio.
El incumplimiento de la Resolución Nº 406 será sancionado conforme a la Ley XVI – Nº 8 y sus decretos reglamentarios. Los inspectores del Ministerio de Ecología realizarán controles en zonas ribereñas, pesqueros y rutas provinciales para garantizar el cumplimiento de la medida, que busca preservar el equilibrio ecológico y la sustentabilidad del recurso pesquero.



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