La actividad yerbatera atraviesa un nuevo punto de inflexión institucional. Con la publicación de la Resolución 146/2025 en el Boletín Oficial, el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) formalizó una serie de cambios normativos que impactan de lleno en la regulación histórica del sector. Entre las decisiones más relevantes, se destaca el fin de la prohibición de cosecha durante todo el año y la eliminación de disposiciones consideradas “restrictivas” para la libre iniciativa privada, profundizando así el proceso de desregulación iniciado a nivel nacional.
La medida se inscribe en la reconfiguración del rol del INYM tras las modificaciones introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 y su posterior adecuación mediante el Decreto 812/2025, que redefinieron los objetivos del organismo y limitaron expresamente su capacidad de intervención en el mercado yerbatero.
Según los considerandos a los que accedió Radio Up, se indicó que «dos terceras partes» del directorio accedieron a tratar la eliminación de las normas, con lo cual se debieron dar apoyos de diferentes sectores de Misiones y Corrientes.

El fin de la prohibición de cosecha durante el año
Uno de los puntos centrales de la resolución es la abrogación de la Resolución 37/2007, que desde hacía casi dos décadas establecía la suspensión de las actividades de cosecha y secanza de yerba mate durante los meses de octubre y noviembre. Aquella norma había sido concebida con un enfoque de protección del cultivo y de la calidad del producto, al coincidir con períodos de brotación y floración de la planta.
Con la nueva resolución, esa restricción deja de estar vigente. El INYM consideró que, bajo el nuevo marco normativo nacional, una prohibición con consecuencias sancionatorias “impide la libre iniciativa privada” y resulta incompatible con los lineamientos actuales de política económica y regulatoria
No obstante, el organismo aclara que la eliminación de la prohibición no exime a los operadores de su responsabilidad técnica y productiva. En ese sentido, subraya que cada actor del sector deberá respetar los ciclos biológicos del cultivo y preservar la calidad del producto, aun cuando decida cosechar en períodos sensibles para la planta.

Adecuación normativa y eliminación de sanciones
La Resolución 146/2025 también avanza sobre otras normas consideradas obsoletas o excesivamente gravosas. Entre ellas, se abrogan las Resoluciones 15/2003 y 103/2017, vinculadas al régimen de infracciones y a la inhabilitación inmediata de operadores ante determinadas irregularidades administrativas
En paralelo, se modifican artículos clave de la Resolución 21/2009, que regula el procedimiento sumario simplificado de control de declaraciones juradas. En este punto, el INYM elimina sanciones accesorias automáticas y reemplaza la baja directa de operadores por un sistema de intimación previa, otorgando plazos para regularizar incumplimientos formales antes de aplicar una inhabilitación.
Según se desprende de los considerandos, estas modificaciones buscan reducir cargas administrativas, evitar sanciones desproporcionadas y centrar el accionar del Instituto en tareas de fiscalización, trazabilidad y control de calidad, sin interferir en la dinámica de precios ni en la oferta y demanda del mercado.

Un INYM con rol acotado y foco en la calidad
El trasfondo de la resolución está directamente ligado al nuevo perfil institucional del INYM. A partir del DNU 70/2023, se modificaron los objetivos históricos del organismo, eliminando el concepto de “fomento” y reemplazando la noción de sustentabilidad sectorial por la de “protección del carácter competitivo de la industria”.
En esa línea, el Decreto 812/2025 fue aún más explícito al prohibir que el INYM dicte normas que distorsionen los precios, generen barreras de entrada o interfieran en la libre interacción entre oferta y demanda. La Resolución 146/2025 es, en los hechos, una de las primeras concreciones normativas de ese mandato, al desarmar regulaciones que condicionaban la producción y la operatoria de los distintos eslabones de la cadena yerbatera.

Impacto y debate en el sector yerbatero
La decisión de habilitar la cosecha durante todo el año y de profundizar la desregulación no pasa desapercibida en una actividad atravesada por tensiones históricas entre productores, secaderos e industria. Mientras algunos actores valoran la mayor flexibilidad operativa y la reducción de controles considerados excesivos, otros advierten sobre los riesgos de una liberalización sin herramientas de equilibrio, especialmente en un contexto de precios deprimidos y alta concentración industrial.
Desde el propio INYM reconocen que el proceso de revisión normativa no está cerrado. La resolución aclara que aún restan analizar otras disposiciones de mayor complejidad y que el Directorio continuará avanzando “de forma progresiva” en la adecuación del stock normativo a los lineamientos nacionales vigentes



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