El Gobierno nacional definió la fecha en la que se discutirá una nueva actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), una medida clave para millones de trabajadores en el país. A través de la Resolución 1/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el Ministerio de Capital Humano, conducido por Sandra Pettovello, convocó al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo para el próximo martes 29 de abril.
La reunión se llevará a cabo de forma virtual y contará con dos instancias: una primera sesión a las 12:30 horas y una segunda a las 14:00hs, donde se abordarán, además del SMVM, los montos mínimos y máximos correspondientes a la prestación por desempleo.
Según detalla el artículo 3º de la resolución: “Convócase a los integrantes de la Comisión aludida en el artículo anterior a reunirse en sesión el día 29 de abril de 2025, a las 10.00 horas, mediante plataforma virtual”.
La convocatoria también solicita que cada sector designe a dos consejeros para participar de la jornada, tomando como base los temas elevados al plenario por la Comisión del Salario Mínimo y Prestaciones por Desempleo. La medida se da en un contexto de alta inflación y pérdida sostenida del poder adquisitivo, donde las paritarias sectoriales no logran cubrir el atraso salarial acumulado.
El SMVM actual: una referencia en debate
Desde diciembre de 2024, el salario mínimo quedó establecido en $279.718 para trabajadores mensualizados con jornada legal completa, tras un decreto presidencial ante la falta de consenso entre empresarios y sindicatos. Desde entonces, las actualizaciones continuaron escalonadamente: $286.711 en enero, $292.446 en febrero y $296.832 en marzo de 2025.
En cuanto a los trabajadores jornalizados, el valor por hora también fue actualizado mes a mes: $1.399 en diciembre, $1.434 en enero, $1.462 en febrero y $1.484 en marzo.
El Salario Mínimo Vital y Móvil es un derecho consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que establece que todo trabajador debe recibir una remuneración justa que asegure “una vida digna”. La Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744) amplía esa garantía, al definir el SMVM como el ingreso que debe permitir cubrir necesidades básicas como alimentación, vivienda, educación, vestimenta, salud, transporte y esparcimiento.
¿Quiénes se ven afectados?
El SMVM impacta directamente sobre múltiples sectores laborales: trabajadores no registrados, beneficiarios de planes sociales como el Potenciar Trabajo (que se calcula como un porcentaje del salario mínimo), y quienes se encuentran bajo convenios colectivos con sueldos atados al piso salarial nacional. También influye en el cálculo del seguro por desempleo, en becas y en programas sociales.
Con la nueva convocatoria, el Gobierno busca actualizar el monto en un contexto donde la inflación interanual supera el 280% y la canasta básica sigue en alza. Mientras tanto, los sindicatos presionan para que el incremento supere los $350.000, en línea con los valores estimados de pobreza.
Será una jornada clave que marcará el pulso de las relaciones laborales en un año signado por los ajustes fiscales, la caída del consumo y el debate sobre el rol del Estado como garante de derechos sociales.