El final de un viaje es el comienzo de otro, es una frase muy famosa de la escritora estadounidense Rita Mae Brown. En este caso, el viaje al infierno que reveló el juicio a los hermanos Kizcka, nos empieza a mostrar otros caminos que seguramente continuaremos transitando a lo largo de algún tiempo más.
Fueron doce días de audiencias públicas en los que el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 escuchó el testimonio de más de 65 testigos, quienes aportaron su mirada sobre distintos aspectos de la causa contra Germán y Sebastián Kizcka. Una causa penal que se originó a partir de una alerta internacional emitida por Tom Farrell, desde Estados Unidos, en enero del año pasado. El proceso concluyó con una sentencia en tiempo récord, al menos para lo que la Justicia argentina nos tiene acostumbrados.
Un juicio que, en resumidas cuentas, quedó reducido a una mera cuestión de asignar la propiedad de los dispositivos electrónicos a sus respectivos titulares, ya que la existencia del material de abuso sexual infantil (MASI) era innegable. Dos computadoras, dos pendrives, un CD y dos teléfonos celulares fueron los dispositivos mediante los cuales los hermanos Kizcka almacenaron, facilitaron y distribuyeron más de 600 archivos de este material.
Entre ellos, había registros de abusos a menores de muy corta edad y hasta prácticas zoofílicas, organizados en subcarpetas clasificadas por rangos de edad: una estructura propia de una mente adicta a la pornografía.
“Niña masturbando a hombre”, “incesto niña de 15 años”, “11 años xxx” fueron alguno de los títulos que se encontraron en estas carpetas, algunos muchísimos más aberrantes aún. Germán amparándose en sus fueros de legislador y arrogándose esta calidad, pensó que no encontrarían estos dispositivos, planeando inclusive hasta destruirlos para borrar rastros. Todo esto fue analizado y recabado por la Secretaría de Apoyo para Investigaciones Complejas (SAIC), que descubrió la modalidad del tráfico mediante la forma en la cual existía un “emule”, que contenía en su interior la carpeta “incoming” en donde se descargaba y distribuía este material.
Sumado a esto, la fiscalía a cargo de los Dres. Rau y Glinka, pudo demostrar el abuso a una niña de 15 años, que mantenía una relación dentro del gimnasio al que también iba Sebastián, quien le asignaba rutinas de entrenamiento, como contexto para intercambiar mensajes subidos de tono, mucho de los cuales fueron exhibidos durante el juicio, evidenciándose el tocamiento de la menor en más de una ocasión.
Las pruebas fueron irreprochables, con una exagerada abundancia de material probatorio, que provocó el disgusto del propio tribunal mientras se exhibían fragmentos de este contenido de abuso. La defensa poco pudo hacer para evitar una condena tan severa.
Los intentos por desligar a Germán de la propiedad de las notebooks y la puesta en duda sobre la salud mental de Sebastián, no causaron la menor conmoción de los magistrados. Sebastián fue condenado a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo, más accesorias legales y con costas, por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de tenencia y facilitación de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad y abuso sexual sin acceso carnal, todo ello en concurso real, que se encuentran subsumidos en el art. 128 1º, 2º y 5°, 119 1º párrafo en función del Art. 55 del C.P.A.; mientras que Germán fue condenado a 14 años de prisión de cumplimiento efectivo, más accesorias legales y con costas, por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de tenencia, facilitación y distribución de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad en concurso real, según los Arts. 128 1º, 2º y 5º en función del art. 55 del CPA.
La sociedad los condenó mucho antes. Y si bien la justicia es el último garante de la Constitución, la frase “nadie puede ser juzgado sin juicio previo” del artículo 18 del máximo texto legal, en estos casos fue un mero aforismo que poco aplica.
Las horas de discusión mediática y las redes sociales, funcionaron como un tribunal inquisidor, que colocó en jueces y fiscales una obligación de condenar, más que de llevar adelante un proceso justo, con lo que sea cual fuera la condena que hubiera salido, aún quedaría corta para una Nación que aborrece estos hechos.
Ahora bien y un punto importante a destacar. El tribunal prevaleció como bien jurídico protegido, la integridad de un grupo indeterminado de infancias, por sobre un caso de abuso sexual sin acceso carnal (un «simple tocamiento», me dijo alguna vez un profesor de derecho penal). Si bien la lectura de los fundamentos de la sentencia recién se conocerá dentro de 10 días, los jueces entendieron que la distribución del material, es un bien jurídicamente protegido que merece especial resguardo en tanto estamos hablando del cuidado del normal desarrollo de la salud física y mental de niños y niñas, así como la garantía de un normal desarrollo sexual atendiendo al normal desarrollo de su vida, sin interferencia por parte de ninguna persona.
Un pequeño ítem al cual prestarle atención, que fuera incorporado en la sentencia, es el envío al Ministerio Público Fiscal de la acusación contra el diputado Pedro Puerta y contra Leonardo Kizcka, por el presunto delito de falso testimonio, al prestar declaraciones en el presente proceso, que dejó muchas incongruencias sobre las aseveraciones vertidas.
Es de resaltar porque el diputado amparado en sus fueros, goza de esta inmunidad legal, que, de prosperar la investigación en su contra, seguramente será motivo de debate en la Legislatura de nuestra provincia, casi como reiniciando el ciclo de discusiones sobre su procedencia o no como lo fue el año pasado con Germán.
Sin lugar a dudas ha sido un juicio histórico, donde la justicia le ha puesto un límite a la política y a los abusos de la misma por parte de sus actores.
Para adelante nos queda mucho, solamente en 2024 ingresaron más de 120 mil reportes de difusión de MASI, según datos que nos compartió la fiscal especializada en Delitos Informáticos de CABA, Daniela Dupuy, quien fuera la encargada de iniciar este proceso en la Argentina.
Un delito que por la simplicidad del acceso al material y por la lamentable gran demanda de consumo que existe, alimenta un negocio que no solamente queda en la creación y difusión del material, sino que también desemboca en la captación de menores con fines de explotación y en el tráfico de personas.
El caso Kizcka se ha cerrado, pero seguramente continuaremos hablando del durante mucho tiempo más, porque como bien he destacado anteriormente, aún quedan algunos hilos que mechar de este gran ovillo. Esperemos que las letras y las horas vertidas en discusiones mediáticas tengan un fin más allá de esto, reflejándose en leyes, investigaciones y políticas de estado que nos lleven a combatir este tipo de actos criminales.

ABRIL 16: El ex diputado del
partido Activar Germán Kiczka
fue sentenciado a la pena de
14 años de prisión por los
delitos de tenencia,
facilitación y distribución de
material de abuso sexual
infantil, mientras que su
hermano Sebastián recibió 12
años de castigo. FOTO:
(Captura de video Poder
Judicial Misiones)/NA.


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