La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso la suspensión del cómputo de los plazos administrativos en todos los procedimientos vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de tributos entre el 13 y el 24 de julio de 2026, inclusive. La decisión fue oficializada mediante la Resolución General 5863/2026 y se enmarca en la tradicional feria judicial de invierno, que cada año impacta sobre distintas actuaciones administrativas y judiciales en todo el país.
La medida tendrá alcance nacional y regirá para todas las dependencias del organismo, alcanzando expedientes relacionados con materias impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social. Durante ese período, los contribuyentes dispondrán de una interrupción temporal de los plazos legales para responder requerimientos, presentar documentación o ejercer mecanismos de defensa administrativa ante el organismo recaudador.
Sin embargo, desde ARCA aclararon que la suspensión no implica una prórroga de las obligaciones fiscales periódicas. En consecuencia, los vencimientos correspondientes a la presentación de declaraciones juradas, así como el pago de impuestos nacionales, continuarán vigentes según los calendarios tributarios ya establecidos.
Qué implica la suspensión de plazos administrativos dispuesta por ARCA
La resolución establece una pausa en el cómputo de los plazos administrativos vinculados a procedimientos que se encuentren en trámite ante el organismo. Esto significa que durante los días alcanzados por la medida no correrán los plazos para realizar determinadas actuaciones requeridas por la administración tributaria.
Entre los trámites comprendidos figuran las respuestas a intimaciones fiscales, la presentación de documentación solicitada por el organismo, los descargos administrativos, la contestación de requerimientos de información y la interposición de recursos previstos por la normativa vigente.
La suspensión constituye un alivio operativo para contribuyentes, profesionales en ciencias económicas y estudios contables que mantienen expedientes abiertos ante la administración tributaria, ya que evita que los plazos continúen computándose durante el período de receso.
No obstante, la resolución enfatiza que esta interrupción no alcanza a las obligaciones de cumplimiento periódico. Por lo tanto, quienes deban presentar declaraciones juradas o efectuar pagos tributarios durante esas fechas deberán cumplir igualmente con los cronogramas establecidos por la administración fiscal.

Los vencimientos fiscales seguirán vigentes durante la feria
Uno de los aspectos centrales de la normativa es la aclaración de que la suspensión administrativa no modifica el calendario tributario.
Esto implica que los contribuyentes continuarán obligados a cumplir con las fechas de vencimiento previstas para impuestos nacionales, regímenes de información y demás obligaciones fiscales periódicas.
La diferenciación resulta relevante porque, en muchas ocasiones, la suspensión de plazos administrativos suele generar dudas respecto de la continuidad de los vencimientos tributarios. En este caso, ARCA fue explícita al señalar que la medida alcanza únicamente los procedimientos administrativos en trámite y no afecta el cumplimiento regular de las obligaciones impositivas.
De esta manera, el organismo procura mantener la normal recaudación fiscal mientras garantiza una administración uniforme de los expedientes durante el período de receso invernal.
Por qué ARCA fijó fechas distintas a las de la Corte Suprema
Aunque la suspensión de plazos se encuentra vinculada a la feria judicial de invierno, el período determinado por ARCA no coincide exactamente con el establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
A través de la Acordada Nº 11/2026, dictada el pasado 2 de junio, el máximo tribunal resolvió que los tribunales federales y nacionales con asiento en la Ciudad de Buenos Aires tendrán feria judicial entre el 20 y el 31 de julio de 2026.
Sin embargo, el organismo recaudador decidió fijar un cronograma propio comprendido entre el 13 y el 24 de julio. La decisión responde a razones operativas y administrativas vinculadas a la organización de sus procedimientos internos en todo el territorio nacional.
Desde la administración tributaria explicaron que las distintas Cámaras Federales de Apelaciones del interior del país suelen establecer fechas de feria diferentes, situación que podría generar asimetrías en la gestión de expedientes y sistemas informáticos.
Por ese motivo, se optó por implementar un período uniforme para todas las jurisdicciones, con el objetivo de garantizar criterios homogéneos en el tratamiento de los procedimientos administrativos.
Los fundamentos de la Resolución General 5863/2026
En los considerandos de la norma, ARCA sostiene que su carácter de agencia tributaria única requiere compatibilizar adecuadamente la suspensión de plazos con el funcionamiento integral de sus sistemas y procesos administrativos.
La resolución también señala que la adopción de un período uniforme permite brindar igualdad de tratamiento a los contribuyentes de todas las regiones del país, independientemente de las fechas de feria judicial que rijan en cada jurisdicción federal.
Asimismo, el organismo considera que esta modalidad facilita la administración de expedientes, optimiza la coordinación entre dependencias y simplifica la gestión operativa durante el receso invernal.
En términos prácticos, la medida busca garantizar que la actividad administrativa vinculada a actuaciones en trámite pueda reorganizarse temporalmente sin afectar la recaudación ni el cumplimiento de las obligaciones fiscales periódicas.

Qué deben tener en cuenta los contribuyentes
Para los contribuyentes, la principal consecuencia de la resolución es que durante el período comprendido entre el 13 y el 24 de julio de 2026 quedarán suspendidos los plazos relacionados con actuaciones administrativas en curso ante ARCA.
No obstante, deberán continuar prestando atención a los vencimientos impositivos y a la presentación de declaraciones juradas, ya que dichas obligaciones no se encuentran alcanzadas por la medida.
Así, la suspensión funcionará como una pausa administrativa para expedientes, recursos, intimaciones y requerimientos, pero sin alterar el calendario fiscal que continuará desarrollándose con normalidad durante la feria judicial de invierno.
Crisis yerbatera: “El hambre le golpea la puerta a la mañana, al mediodía y a la noche”, sentenció Pettersonhttps://t.co/fDBcI3kljD pic.twitter.com/cabMuVIyex
— Radio Up (@radioupar) June 11, 2026



//



