El fallo revoca una resolución de primera instancia y avala la medida del gobernador Valdés que impide que un mismo candidato a intendente acompañe en la boleta a dos postulantes a la gobernación de distintos frentes. La oposición anticipa que apelará.
La Cámara Electoral de la provincia de Corrientes revocó un fallo de primera instancia y validó el controvertido decreto 1260, firmado por el gobernador Gustavo Valdés, que prohíbe las llamadas “adhesiones materiales”, es decir, que un mismo candidato municipal figure en boletas de distintos espacios políticos a nivel provincial.
La resolución fue adoptada por mayoría (2 a 1) por las juezas Alicia Billinghurst, Martha Helia Altabe de Lértora y María Herminia Puig. De este modo, el tribunal hizo lugar al recurso de apelación presentado por el Estado provincial contra el fallo de la jueza María Eugenia Herrero, que había declarado inconstitucional la norma.
Según el nuevo fallo, el decreto no interfiere con el régimen de alianzas previsto en la Ley de Partidos Políticos ni vulnera principios constitucionales. Por el contrario, busca evitar prácticas que “generan confusión en el electorado, inequidad entre los competidores y comprometen la celeridad del acto electoral”.

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“Evitar la distorsión de la voluntad del elector”
En su voto, la jueza Puig argumentó que las adhesiones múltiples “pueden afectar la auténtica voluntad del elector ante el desconcierto que indudablemente le causará la adhesión de la fracción de la boleta de un partido respecto de los cargos municipales al de una alianza diferente y contraria en el orden provincial”.
Sostuvo además que el decreto no es una innovación arbitraria, sino que formaliza criterios ya aplicados por la propia Cámara en fallos anteriores. “No les resulta nada novedoso ni sorpresivo a los partidos políticos”, remarcó, al tiempo que rechazó los planteos de inconstitucionalidad por parte de los impugnantes.
Puig también defendió la potestad del Poder Ejecutivo de reglamentar aspectos del proceso electoral, especialmente ante un vacío legal: “En el orden local no existe ninguna norma que reglamente las adhesiones, a diferencia del ámbito nacional”, explicó.
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La oposición rechaza el fallo
El decreto había sido cuestionado por sectores de la oposición que señalaron que la norma modifica las reglas electorales a pocos días de la elección, “afectando la seguridad jurídica y la igualdad de oportunidades entre los partidos”.
Luego del fallo adverso del viernes 27 de junio, el oficialismo provincial celebró la resolución de la Cámara. Desde el gobierno argumentan que el objetivo del decreto es “ordenar el proceso de adhesión de boletas, evitar confusiones y garantizar la transparencia del acto electoral”.
Con la nueva resolución ya notificada a las partes, se abrió un plazo de dos días hábiles para la presentación de eventuales nuevos recursos. Se espera una respuesta formal de los sectores opositores en las próximas horas.

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