El juez federal Daniel Rafecas resolvió este miércoles avanzar con el juicio oral en ausencia para los diez acusados de haber ideado y ordenado el atentado a la sede de la AMIA, ocurrido en julio de 1994, que dejó 85 muertos y más de 300 heridos. La medida, solicitada por el fiscal de la UFI AMIA, Sebastián Basso, marca un precedente inédito en la justicia argentina.
Los imputados, todos con alerta roja de Interpol y pedidos de captura internacional desde hace casi dos décadas, nunca fueron detenidos. Se trata de Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. La mayoría de ellos son ciudadanos iraníes que ocupan o han ocupado cargos en el gobierno de su país, que no extradita a sus connacionales.

El fallo se basa en la reforma del Código Procesal Penal aprobada este año por el Congreso, a instancias del gobierno de Javier Milei. La normativa habilita los juicios en ausencia para delitos graves como terrorismo y crímenes de lesa humanidad, cuando los acusados están prófugos por al menos cuatro meses. En este caso, llevan casi 20 años sin responder ante la Justicia argentina.
Rafecas sostuvo en su resolución de 148 páginas que esta herramienta “permite avanzar en la justicia, incluso cuando el acusado evade el proceso penal”. Y subrayó que “la ausencia voluntaria del imputado no solo vulnera su propio derecho de defensa, sino también lesiona el derecho de la víctima a obtener justicia y el interés de la sociedad en la resolución del conflicto social generado por el delito”.
Aunque el juez declaró la apertura del proceso, la medida aún puede ser apelada por las partes. Algunas querellas, como la Asociación por el Esclarecimiento de la Masacre Impune de la AMIA (APEMIA), Memoria Activa, la Asociación 18J y la defensa oficial de los acusados, rechazaron el juicio en ausencia. Argumentaron, entre otras cosas, que todavía faltan pruebas clave, como el acceso a archivos de inteligencia desclasificados.

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En cambio, la AMIA y la DAIA respaldaron la medida. Para Rafecas, el juicio oral —aun en ausencia de los imputados— “es un espacio institucional que permite someter a prueba, públicamente, aquello que hasta ahora ha sido solo materia de investigación”.
“El trámite seguirá teniendo sus etapas, sus exigencias, sus evaluaciones. Y cada una será una nueva oportunidad para controlar lo hecho, revisar lo que falta y exigir lo que no se cumplió”, concluyó el juez.
Ahora, la Fiscalía deberá solicitar los procesamientos correspondientes para que los acusados queden formalmente en condiciones de enfrentar el juicio. Si ninguna de las partes apela, será la primera vez que la Argentina avance en un proceso penal sin la presencia física de los imputados, en una causa emblemática que lleva más de 30 años sin condenados.

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